Esta línea es de libre destinación y tiene como finalidad cubrir cualquier tipo de necesidad del (la) asociado(a) y su núcleo familiar, buscando mejorar su calidad de vida.

TASA DE INTERÉS DESDE EL 1.79%
MONTO: Para los asociados trabajadores dependientes con contrato laboral, pensionados, contratistas, prestadores de servicios y personas jurídicas, la cuantía máxima será el equivalente a siete (7) veces los aportes teniendo en cuenta la tabla de antigüedad del Artículo 5 o más de 7 veces de acuerdo al parágrafo del mismo artículo en el presente reglamento.
PLAZO DE AMORTIZACIÓN: Hasta sesenta (60) meses.
SANCIÓN: La mora superior a treinta (30) días por parte del asociado(a) dará lugar a la suspensión del servicio de esta línea de crédito por un término de tres (3) meses, contados a partir de la cancelación total de la cuota en mora, la sanción será comunicada por la Gerencia al asociado por escrito, con copia a la Junta de Vigilancia.