1. Para vivienda. Adquisición, construcción, remodelación, liberación de gravámenes hipotecarios, mejoras locativas y ampliaciones.

2. Para proyectos de emprendimiento o proyectos empresariales. Negocios industriales, comerciales y de servicios por constituir o constituidos legalmente, en las modalidades de adquisición, construcción y remodelación únicamente. No se puede utilizar como inversión para generar renta de arrendamiento.

PREGUNTA POR NUESTRAS TASAS DE INTERES
MONTO: El monto máximo del crédito será hasta por el setenta por ciento (70%) del valor del inmueble sin exceder los doscientos ochenta (280) S.M.M.L.V., siempre y cuando el asociado(a) cumpla con los requisitos exigidos en este reglamento.
REQUISITOS:

1. Para los casos de mejoras locativas, ampliaciones, remodelaciones, adquisición, construcción y liberación de gravámenes hipotecarios, se deberá presentar certificado de tradición y libertad en original, no mayor a 30 días de su expedición.

2. Para mejoras locativas, ampliaciones y remodelaciones deberá anexar el contrato de obra avalado por Arquitecto o Ingeniero Civil.

3. Para complemento de cuota inicial, promesa de compraventa de inmueble. La cooperativa DEMCOOP se reserva el derecho de realizar las visitas que considere necesarias a los inmuebles o predios con el perito que la cooperativa designe.

4. Se deberá constituir hipoteca en primer grado a favor de DEMCOOP, para liberación de gravámenes hipotecarios y/o, adquisición de inmueble nuevo o usado.

CAPACIDAD DE PAGO : La capacidad de pago se tomará con base en los ingresos del asociado más los ingresos del núcleo familiar registrado en la base de datos de la cooperativa DEMCOOP, para las personas jurídicas la capacidad de pago se tomará con base en la estructura financiera de la entidad. De la misma manera se hará el estudio para las personas que estén registradas en la promesa de compraventa que presenta el solicitante asociado. El asociado(a) podrá hacer abonos extraordinarios a capital sin ningún tipo de sanción o cobro por parte de la cooperativa.
PLAZO DE AMORTIZACIÓN: Máximo hasta ciento cuarenta y cuatro (144) meses.
APROBACIÓN: Las solicitudes superiores a ciento ochenta (180) SMMLV serán aprobadas por El Consejo de Administración previo visto bueno del Comité de Crédito. Una vez aprobado el crédito y de acuerdo a la disponibilidad de recursos, el giro se hará máximo treinta (30) días después de constituida la garantía contemplada en el Capítulo IV de este reglamento, a la presentación de la constancia de registro y del certificado de tradición libertad donde aparezca la hipoteca constituida a favor de la cooperativa DEMCOOP.
DESEMBOLSO: En caso de no ser suficiente la disponibilidad de recursos para atender las solicitudes aprobadas, estas quedarán en lista de espera, en estricto orden cronológico de radicación, y una vez existan los recursos suficientes se desembolsará el valor. Los desembolsos que deban efectuarse en cheque, el impuesto del 4 por mil será asumido en el 100% por el asociado, cuando supere el giro de los cincuenta (50) S.M.M.L.V. Los desembolsos se girarán directamente a favor de la constructora o del vendedor del inmueble.